{"id":2270,"date":"2022-05-17T14:37:51","date_gmt":"2022-05-17T17:37:51","guid":{"rendered":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/?page_id=2270"},"modified":"2025-02-21T15:17:15","modified_gmt":"2025-02-21T18:17:15","slug":"regimen-de-inasistencias","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/regimen-de-inasistencias\/","title":{"rendered":"R\u00e9gimen de Inasistencias"},"content":{"rendered":"\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo a la Res. 4196\/24 (R\u00e9gimen Acad\u00e9mico vigente) :<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Cap\u00edtulo 5- Continuidad de las trayectorias<\/h1>\n\n\n\n<ul>\n<li><strong>5.1<\/strong>&nbsp;Las trayectorias que las y los estudiantes realicen implica el cumplimiento de condiciones acad\u00e9micas necesarias para la aprobaci\u00f3n de las cursadas y acreditaci\u00f3n de las unidades curriculares que constituyen el plan de estudio.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El \u00fanico requisito para cursar unidades curriculares es que se respeten las condiciones de correlatividades definidas en los dise\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li><strong>5.2<\/strong>&nbsp;De las categor\u00edas de estudiante<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Estudiante regular&nbsp;<\/strong>es quien, desde el momento de su inscripci\u00f3n en un IS, se encuentra cursando al menos una unidad curricular o ha aprobado o acreditado una unidad curricular en los \u00faltimos seis meses.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Estudiante itinerante&nbsp;<\/strong>es quien cursa como estudiante regular en un IS y, al mismo tiempo, cursa una o m\u00e1s unidades curriculares en otro IS en el que no se encuentra matriculada o matriculado para poder acreditar una o m\u00e1s unidades<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Se puede cursar como estudiante itinerante hasta el 30% de las unidades curriculares de la carrera. Quedan exceptuados el Campo de la Pr\u00e1ctica Docente y Pr\u00e1cticas Profesionalizantes salvo en situaciones excepcionales para las cuales se podr\u00e1 solicitar autorizaci\u00f3n a la Direcci\u00f3n de Nivel o Modalidad correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando los dise\u00f1os curriculares prescriban la cursada en simult\u00e1neo de dos o m\u00e1s unidades curriculares, \u00e9stas deber\u00e1n cursarse en la misma instituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Las condiciones se encuentran prescritas en el&nbsp;<strong>Anexo 2&nbsp;<\/strong>de la presente resoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li><strong>Estudiante oyente&nbsp;<\/strong>es un o una estudiante matriculado\/a en el IS que participa en una unidad curricular de su inter\u00e9s con el prop\u00f3sito de actualizar o profundizar aspectos espec\u00edficos de su formaci\u00f3n. Queda exceptuado el Campo de la Pr\u00e1ctica Docente y Pr\u00e1cticas Profesionalizantes, Talleres, Laboratorios y cualquier unidad curricular eminentemente pr\u00e1ctica. Esta participaci\u00f3n no implica seguimiento de avance acad\u00e9mico y, solo a los fines administrativos, la o el estudiante puede realizar en cualquier momento del a\u00f1o la solicitud ante la secretar\u00eda y\/o departamento correspondiente, indicando su intenci\u00f3n de asistencia a toda la cursada o a parte de ella, para el registro de La autorizaci\u00f3n quedar\u00e1 supeditada a la disponibilidad de espacio f\u00edsico en relaci\u00f3n con la cantidad de estudiantes regulares inscriptas o inscriptos.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>5.3<\/strong>\u00a0Se entiende po<strong>r ASISTENCIA\u00a0<\/strong>la participaci\u00f3n en clases presenciales en el IS y en encuentros sincr\u00f3nicos mediados por tecnolog\u00edas definidas en la propuesta de c\u00e1tedra.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>5.4<\/strong>&nbsp;Sobre los porcentajes de asistencia requeridos para&nbsp;<strong>aprobar la cursada<\/strong>:\n<ul>\n<li>Para unidades curriculares con<strong> formato asignatura y modalidad presencialidad plena se deber\u00e1 cumplimentar un 60% de asistencia seg\u00fan la cantidad de clases establecidas por calendario acad\u00e9mico.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n\n\n\n<li>Para unidades curriculares con <strong>formato asignatura y modalidad presencialidad con Propuestas Pedag\u00f3gicas Combinadas, se deber\u00e1 cumplimentar un 80% de asistencia seg\u00fan la cantidad de clases establecidas por calendario acad\u00e9mico.<\/strong><\/li>\n\n\n\n<li>Para el Campo de la Pr\u00e1ctica Docente, la <strong>Pr\u00e1ctica Profesionalizante y unidades curriculares con formato Taller, Seminario, Ateneo, Laboratorio se deber\u00e1 cumplimentar el 80% de asistencia seg\u00fan la cantidad de clases establecidas por calendario acad\u00e9mico.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Las y los estudiantes matriculados en Contextos de Encierro podr\u00e1n justificar la inasistencia cuando est\u00e9 condicionada por situaciones espec\u00edficas (comparendos, citaci\u00f3n judicial, traslados<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li><strong>5.5<\/strong>&nbsp;Se establece un r\u00e9gimen especial de inasistencias justificadas, no computables, para personas gestantes y estudiantes en condici\u00f3n de paternidad, que cursen estudios en IS de gesti\u00f3n estatal o privada dependientes de la Direcci\u00f3n General de Cultura y Educaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Este r\u00e9gimen se aplica a solicitud de la o el estudiante en situaci\u00f3n de acogerse al mismo. La condici\u00f3n de embarazo se acreditar\u00e1 con la presentaci\u00f3n de certificado m\u00e9dico y la condici\u00f3n de paternidad con la presentaci\u00f3n de la constataci\u00f3n de parto o inscripci\u00f3n de nacimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>El r\u00e9gimen especial de inasistencias justificadas comprender\u00e1, en el caso de personas gestantes, un plazo m\u00e1ximo de treinta (30) d\u00edas h\u00e1biles, durante el embarazo o despu\u00e9s del nacimiento, de forma continua o fraccionada.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de estudiantes en condici\u00f3n de paternidad, el plazo m\u00e1ximo comprender\u00e1 quince (15) d\u00edas h\u00e1biles, despu\u00e9s del nacimiento, de forma continua o fraccionada.<\/p>\n\n\n\n<p>Para las Pr\u00e1cticas Profesionalizantes, pr\u00e1cticas docentes y unidades curriculares que signifiquen un riesgo para el embarazo, se requerir\u00e1 autorizaci\u00f3n expresa del m\u00e9dico obstetra para la continuidad de la cursada.<\/p>\n\n\n\n<p>Por cuestiones de salud prenatal, para la Pr\u00e1ctica Docente y Profesionalizante se establece que deber\u00e1 suspender la asistencia 30 d\u00edas antes de la fecha probable de parto. Cada equipo directivo y docente analizar\u00e1 de manera particular cada situaci\u00f3n y determinar\u00e1, junto a la estudiante, la posibilidad de continuidad acad\u00e9mica en la unidad curricular para ese ciclo lectivo luego del parto.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.6&nbsp;<\/strong>Las y los estudiantes se inscribir\u00e1n para cursar como regulares al inicio del ciclo lectivo. Para las unidades curriculares del segundo cuatrimestre, se abrir\u00e1 un per\u00edodo de inscripci\u00f3n antes del receso de invierno.<\/p>\n\n\n\n<p>Los IS que cuenten con estudiantes matriculadas y matriculados en Contextos de Encierro, deber\u00e1n garantizar las condiciones de inscripci\u00f3n a las asignaturas seg\u00fan lo establecido en la Resoluci\u00f3n 4222\/23: Anexo III.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.7&nbsp;<\/strong>Las relaciones de&nbsp;<strong>correlatividad&nbsp;<\/strong>entre las unidades curriculares son las definidas en los dise\u00f1os curriculares de cada carrera. En todos los casos, tienen el sentido de favorecer las mejores condiciones para las trayectorias formativas evitando escenarios que impliquen la obstrucci\u00f3n de la continuidad en los estudios para las y los estudiantes.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Equipo Directivo ISFDyT N\u00b0 40<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>De acuerdo a la Res. 4196\/24 (R\u00e9gimen Acad\u00e9mico vigente) : Cap\u00edtulo 5- Continuidad de las trayectorias El \u00fanico requisito para cursar unidades curriculares es que se respeten las condiciones de correlatividades definidas en los dise\u00f1os. Se puede cursar como estudiante itinerante hasta el 30% de las unidades curriculares de la carrera. 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