{"id":772,"date":"2018-06-28T01:17:47","date_gmt":"2018-06-28T04:17:47","guid":{"rendered":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/regimen-academico\/"},"modified":"2026-02-25T15:26:23","modified_gmt":"2026-02-25T18:26:23","slug":"regimen-academico","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/regimen-academico\/","title":{"rendered":"R\u00e9gimen Acad\u00e9mico"},"content":{"rendered":"<div class=\"WordSection1\">\n<h1 style=\"text-align: center;\"><strong>ANEXO 1<\/strong><\/h1>\n<h1 style=\"text-align: center;\">R\u00e9gimen Acad\u00e9mico Marco Jurisdiccional &#8211;<\/h1>\n<h1 style=\"text-align: center;\">Resoluci\u00f3n 4196\/24<\/h1>\n<h2><strong>Principios y disposiciones generales.<\/strong><\/h2>\n<h2>\u00cdNDICE<\/h2>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark0\"><u>Cap\u00edtulo 1- Disposiciones Generales<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark1\"><u>Cap\u00edtulo 2- Trayectorias Estudiantiles<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark2\"><u>Cap\u00edtulo 3- Matriculaci\u00f3n e Inscripci\u00f3n<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark3\"><u>Cap\u00edtulo 4- El Primer A\u00f1o como espacio de filiaci\u00f3n acad\u00e9mica e institucional<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark4\"><u>Cap\u00edtulo 5- Continuidad de las trayectorias<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark5\"><u>Cap\u00edtulo 6- Modalidad de cursada de las carreras<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark6\"><u>Cap\u00edtulo 7- Formatos de cursada de Unidades Curriculares<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark7\"><u>Cap\u00edtulo 8- Evaluaci\u00f3n. Condiciones de Aprobaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n.<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark8\"><u>Cap\u00edtulo 9 &#8211; Pases<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark9\"><u>Cap\u00edtulo 10- De las equivalencias<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark10\"><u>Cap\u00edtulo<\/u> <u>11-<\/u> <u>Reconocimiento<\/u> <u>de<\/u> <u>trayectorias<\/u> <u>en<\/u> <u>la<\/u> <u>Educaci\u00f3n<\/u> <u>T\u00e9cnico<\/u> <u>Profesional<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark11\"><u>Cap\u00edtulo 12- Caducidad de los Planes de Estudio o cierre de Carreras<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark12\"><u>Cap\u00edtulo<\/u> <u>13-<\/u> <u>Acerca<\/u> <u>del<\/u> <u>Programa<\/u> <u>de<\/u> <u>cada<\/u> <u>Unidad<\/u> <u>Curricular<\/u><\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_bookmark13\"><u>Cap\u00edtulo 14- Del R\u00e9gimen Acad\u00e9mico Institucional (RAI)<\/u><\/a><\/p>\n<h1>Cap\u00edtulo 1- Disposiciones Generales<\/h1>\n<ul>\n<li><strong>1.1<\/strong> El presente <strong>R\u00e9gimen Acad\u00e9mico Marco <\/strong>(RAM) constituye la norma marco de cumplimiento obligatorio de aplicaci\u00f3n para todos los Institutos Superiores de Formaci\u00f3n Docente (ISFD) y Formaci\u00f3n Docente y T\u00e9cnica (ISFDyT), de gesti\u00f3n estatal y privada, Institutos Superiores de Formaci\u00f3n T\u00e9cnica (ISFT) de gesti\u00f3n estatal y privada e Institutos Superiores de Formaci\u00f3n Art\u00edstica Docente y T\u00e9cnica de gesti\u00f3n estatal y privada de la Provincia de Buenos Aires, en adelante<\/li>\n<li><strong>1.2<\/strong> La Direcci\u00f3n Provincial de Educaci\u00f3n Superior, la Direcci\u00f3n Provincial de Educaci\u00f3n T\u00e9cnico Profesional, la Direcci\u00f3n de Educaci\u00f3n Art\u00edstica y la Direcci\u00f3n de Educaci\u00f3n de Gesti\u00f3n Privada actuar\u00e1n como autoridad de aplicaci\u00f3n, seg\u00fan corresponda, ejerciendo el control del cumplimiento del R\u00e9gimen Acad\u00e9mico Marco.<\/li>\n<li><strong>1.3<\/strong> Todas los IS deber\u00e1n, en un marco democr\u00e1tico y con la participaci\u00f3n de los distintos actores interesados, construir su <strong>R\u00e9gimen Acad\u00e9mico Institucional <\/strong>(RAI) cimentado en la normativa federal<sup>1<\/sup>, los lineamientos jurisdiccionales establecidos en la<\/li>\n<\/ul>\n<p>presente resoluci\u00f3n y los diversos \u00e1mbitos de desarrollo de la educaci\u00f3n incorporando las especificaciones que hacen a la identidad de las instituciones y su contexto. Las Inspectoras y los Inspectores de nivel o modalidad correspondientes supervisar\u00e1n la adecuaci\u00f3n del RAI a la normativa vigente.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>1.4<\/strong> El RAI deber\u00e1 sostener y contemplar normativas que, acordes al esp\u00edritu del RAM, garanticen la centralidad en la ense\u00f1anza, la transmisi\u00f3n de conocimientos y construcci\u00f3n de los aprendizajes, las trayectorias acad\u00e9micas, la participaci\u00f3n estudiantil, la democratizaci\u00f3n de las instituciones.<\/li>\n<\/ul>\n<p><sup>1<\/sup> Se encomienda la siguiente normativa: CFE 72\/08 Anexo II Criterios para la elaboraci\u00f3n de la normativa jurisdiccional en materia de R\u00e9gimen Acad\u00e9mico Marco para las carreras de Formaci\u00f3n Docente\u201d ; CFE 283\/1L, Cap\u00edtulo III, inc. 3L<\/p>\n<h1>Cap\u00edtulo 2- Trayectorias Estudiantiles<\/h1>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>2.1<\/strong> Se entiende por trayectorias estudiantiles a los recorridos formativos, personales e institucionales en los que confluyen las experiencias y los saberes que portan las y los estudiantes atravesados por una propuesta de trabajo pedag\u00f3gico institucional. Se trata de un trayecto que no puede considerarse predeterminado, sino que es un proceso complejo, flexible y de itinerarios diversos que se construyen<\/li>\n<li><strong>2.2<\/strong> El acompa\u00f1amiento a las trayectorias estudiantiles constituye un eje central de la Educaci\u00f3n Superior de la Provincia de Buenos Aires. Se asume desde una pol\u00edtica educativa basada en la igualdad que se sustenta en la confianza en las posibilidades de educarse de todas y todos garantizando el derecho social a la educaci\u00f3n en todos los \u00e1mbitos en donde \u00e9sta se desarrolla.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>2.3<\/strong> Cada IS, junto a sus equipos de supervisi\u00f3n y el acompa\u00f1amiento de las Direcciones de Nivel o Modalidad dependientes de la DGCyE, asume la responsabilidad en la construcci\u00f3n de condiciones que favorezcan trayectorias formativas y de calidad, a trav\u00e9s del dise\u00f1o de pol\u00edticas e iniciativas acad\u00e9micas capaces de responder a la complejidad del nivel, que fortalezcan la centralidad en la ense\u00f1anza, la transmisi\u00f3n de conocimientos y la construcci\u00f3n de los Se deber\u00e1n generar acciones que posibiliten a las y los estudiantes transitar por experiencias formativas que trascienden y retroalimentan lo que acontece en el espacio \u00e1ulico del Instituto.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En este sentido, acciones vinculadas a la participaci\u00f3n estudiantil, proyectos de extensi\u00f3n con la comunidad, pr\u00e1cticas formativas y profesionalizantes, investigaci\u00f3n, seminarios, talleres, espacios de producci\u00f3n art\u00edstica, tutor\u00edas a estudiantes de los primeros a\u00f1os, constituyen experiencias formativas que propician mejores condiciones de ingreso, filiaci\u00f3n institucional y acad\u00e9mica, permanencia, regularidad, asistencia, promoci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de las unidades curriculares.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<h1>Cup\u00edtulo 3- Mutriculaci\u00f3n e Inscripci\u00f3n<\/h1>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>3.1<\/strong> Cada IS establecer\u00e1 el procedimiento para <strong>el tr\u00e1mite de matriculaci\u00f3n <\/strong>de las y los aspirantes pudiendo definir mecanismos presenciales y\/o virtuales para el inicio del<\/li>\n<\/ul>\n<p>En las Instituciones de Nivel Superior dependientes de la DGCyE que cuentan con matr\u00edcula en Contextos de Encierro, los procesos estar\u00e1n reglamentados por lo indicado en la Resoluci\u00f3n 4222\/23, Marco normativo para las instituciones educativas en contextos de encierro &#8211; Anexo III: Trayectorias educativas en contextos de encierro: Institucionalizaci\u00f3n del circuito de matriculaci\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>3.2<\/strong> Los requisitos para la matriculaci\u00f3n en los IS dependientes de la DGCyE de la Provincia de Buenos Aires son:<\/li>\n<\/ul>\n<p>.<\/p>\n<ul>\n<li>Haber aprobado el nivel secundario en cualquiera de sus modalidades al momento del tr\u00e1mite de matriculaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Cumplir con las condiciones establecidas en el Art\u00edculo 34<sup>2<\/sup> de la Ley de Educaci\u00f3n Provincial N\u00b013.L88. Cada Direcci\u00f3n de nivel o modalidad establecer\u00e1 las pautas para la solicitud.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>En el caso de las carreras de formaci\u00f3n docente no podr\u00e1 ingresar quien est\u00e9 contemplado en el art\u00edculo U5 de la Ley de Educaci\u00f3n de la Provincia de Buenos Aires<sup>3<\/sup><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>3.3<\/strong> Los requisitos administrativos para la matriculaci\u00f3n son:\n<ul>\n<li>Presentar la siguiente documentaci\u00f3n al momento de realizar el tr\u00e1mite de matriculaci\u00f3n:\n<ul>\n<li>Original y copia DNI. En caso de no poseer DNI, la instituci\u00f3n deber\u00e1 orientar y acompa\u00f1ar a las y los estudiantes en la tramitaci\u00f3n de dicho documento.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<ul>\n<li>Original y copia de la certificaci\u00f3n de t\u00edtulo de educaci\u00f3n secundaria o constancia provisoria original de finalizaci\u00f3n de\n<ul>\n<li>Las y los estudiantes que hayan aprobado los estudios de nivel secundario en el exterior, deber\u00e1n realizar el tr\u00e1mite de convalidaci\u00f3n del t\u00edtulo secundario seg\u00fan las normativas vigentes<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Cuando corresponda, haber cumplido las pautas para el ingreso de mayores de 25 a\u00f1os, y contar con el Acta que habilite el ingreso al establecimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Solicitud de inscripci\u00f3n para el Nivel Superior: Formulario de la DGCyE<\/li>\n<\/ul>\n<p>Al momento de la aprobaci\u00f3n de la primera unidad curricular (en las condiciones establecidas en el punto 8.3) el legajo debe estar completo.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>3.4<\/strong> Las y los estudiantes deber\u00e1n cumplimentar ex\u00e1menes m\u00e9dicos cl\u00ednicos, psicol\u00f3gicos, fonoaudiol\u00f3gicos y odontol\u00f3gicos, <strong>durante la trayectoria estudiantil <\/strong>como instrumento de promoci\u00f3n y acceso al derecho a la salud que en ning\u00fan caso ser\u00e1n requisito para la inscripci\u00f3n y\/o matriculaci\u00f3n. Las instituciones, distritos y regiones educativas podr\u00e1n organizar y\/o coordinar acciones junto con las regiones sanitarias a los fines de facilitar el acceso a la<\/li>\n<\/ul>\n<p>En aquellas carreras de la familia de salud y en las que se realizan actividades f\u00edsicas, se deber\u00e1n cumplimentar los estudios espec\u00edficos antes del inicio de las mismas.<\/p>\n<p><strong>3.5. <\/strong>La <strong>inscripci\u00f3n <\/strong>se refiere al tr\u00e1mite administrativo para cursar unidades curriculares y para participar de las instancias de acreditaci\u00f3n con evaluaci\u00f3n final en los per\u00edodos establecidos en el calendario acad\u00e9mico para el nivel Superior. Las y los estudiantes podr\u00e1n inscribirse para cursar <strong>unidades curriculares <\/strong>(UC) en car\u00e1cter de regular en las fechas que determine el calendario acad\u00e9mico, independientemente del tiempo transcurrido desde su \u00faltima inscripci\u00f3n sin que medien tr\u00e1mites de reincorporaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las o los estudiantes pueden cursar una UC de su misma carrera en cualquier horario que el Instituto ofrezca o en otra carrera con igual carga horaria, denominaci\u00f3n de la unidad curricular y contenidos seg\u00fan dise\u00f1o curricular siempre que haya disponibilidad de espacio f\u00edsico.<\/p>\n<p><sup>2<\/sup> Ley de Educaci\u00f3n Provincial Art\u00edculo 34\u00b0: Los aspirantes al ingreso como alumno a los Institutos de Educaci\u00f3n Superior y a las Universidades provinciales deben haber aprobado el Nivel de Educaci\u00f3n Secundaria. Los ciudadanos mayores de 25 a\u00f1os que no re\u00fanan esa condici\u00f3n, pueden ingresar siempre que demuestren, a trav\u00e9s de las evaluaciones que la Provincia determine, que tienen preparaci\u00f3n y\/o experiencia laboral acorde con los estudios que se proponen iniciar, as\u00ed como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente<\/p>\n<p><sup>3<\/sup> Ley de Educaci\u00f3n Provincial Art\u00edculo U5.- La formaci\u00f3n docente se realiza en los Institutos Superiores de Formaci\u00f3n Docente que dependen del Nivel de Educaci\u00f3n Superior y se integra con una formaci\u00f3n b\u00e1sica com\u00fan y una formaci\u00f3n especializada, con una duraci\u00f3n de cuatro (4) a\u00f1os. El desarrollo de pr\u00e1cticas docentes de estudios a distancia debe realizarse de manera presencial. No podr\u00e1 incorporarse a, ni ejercer, la carrera docente quien haya sido condenado o procesado por delito de lesa humanidad, o haya incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democr\u00e1tico, conforme a lo previsto en el art\u00edculo 3L\u00ba de la Constituci\u00f3n Nacional y el T\u00edtulo X del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal, a\u00fan cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la conmutaci\u00f3n de la pena.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<h1>Cap\u00edtulo 4- El Primer A\u00f1o como espacio de filiaci\u00f3n acad\u00e9mica e institucional.<\/h1>\n<ul>\n<li><strong>4.1<\/strong> Se considera ingresante a quien se encuentra transitando su primer a\u00f1o de<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>4.2<\/strong> El ingreso a los IS constituye un proceso que debe ser pensado desde sus m\u00faltiples dimensiones ya que supone cambios respecto del nivel o modalidades anteriores, por lo tanto, se considera fundamental pensar la filiaci\u00f3n acad\u00e9mica e institucional en el ingreso a los IS de la Provincia como andamiaje para la construcci\u00f3n del oficio de<\/li>\n<\/ul>\n<p>Este proceso involucra su subjetividad y pone a prueba sus estrategias para aprender y para relacionarse con el conocimiento, con las y los docentes y con sus pares. Es all\u00ed donde se instalan las primeras huellas que ser\u00e1n parte constitutiva de su formaci\u00f3n docente y profesional. Por lo tanto, se considera fundamental pensar el primer a\u00f1o de ingreso a los institutos como una instancia central en la construcci\u00f3n de la identidad como estudiante de nivel superior.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>4.3<\/strong> Es responsabilidad de los Institutos elaborar propuestas que acompa\u00f1en a las y los ingresantes a incluirse de manera efectiva en la comunidad de la que han elegido formar parte. Implica entrar con las y los estudiantes de educaci\u00f3n superior a nuevos campos de conocimiento, nuevas formas de socializar y de inscribirse en los entramados comunitarios. El primer a\u00f1o supone la planificaci\u00f3n y el despliegue de estrategias institucionales que acompa\u00f1an la transici\u00f3n que las y los ingresantes a las carreras docentes y t\u00e9cnicas deben En este sentido es la apertura de un ciclo que debe garantizar tiempos y espacios que promuevan la filiaci\u00f3n institucional y acad\u00e9mica de las y los ingresantes.<\/li>\n<\/ul>\n<h1>Cap\u00edtulo 5- Continuidad de las trayectorias<\/h1>\n<ul>\n<li><strong>5.1<\/strong> Las trayectorias que las y los estudiantes realicen implica el cumplimiento de condiciones acad\u00e9micas necesarias para la aprobaci\u00f3n de las cursadas y acreditaci\u00f3n de las unidades curriculares que constituyen el plan de estudio.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El \u00fanico requisito para cursar unidades curriculares es que se respeten las condiciones de correlatividades definidas en los dise\u00f1os.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>5.2<\/strong> De las categor\u00edas de estudiante<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>Estudiante regular <\/strong>es quien, desde el momento de su inscripci\u00f3n en un IS, se encuentra cursando al menos una unidad curricular o ha aprobado o acreditado una unidad curricular en los \u00faltimos seis meses.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>Estudiante itinerante <\/strong>es quien cursa como estudiante regular en un IS y, al mismo tiempo, cursa una o m\u00e1s unidades curriculares en otro IS en el que no se encuentra matriculada o matriculado para poder acreditar una o m\u00e1s unidades<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p>Se puede cursar como estudiante itinerante hasta el 30% de las unidades curriculares de la carrera. Quedan exceptuados el Campo de la Pr\u00e1ctica Docente y Pr\u00e1cticas Profesionalizantes salvo en situaciones excepcionales para las cuales se podr\u00e1 solicitar autorizaci\u00f3n a la Direcci\u00f3n de Nivel o Modalidad correspondiente.<\/p>\n<p>Cuando los dise\u00f1os curriculares prescriban la cursada en simult\u00e1neo de dos o m\u00e1s unidades curriculares, \u00e9stas deber\u00e1n cursarse en la misma instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las condiciones se encuentran prescritas en el <strong>Anexo 2 <\/strong>de la presente resoluci\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Estudiante oyente <\/strong>es un o una estudiante matriculado\/a en el IS que participa en una unidad curricular de su inter\u00e9s con el prop\u00f3sito de actualizar o profundizar aspectos espec\u00edficos de su formaci\u00f3n. Queda exceptuado el Campo de la Pr\u00e1ctica Docente y Pr\u00e1cticas Profesionalizantes, Talleres, Laboratorios y cualquier unidad curricular eminentemente pr\u00e1ctica. Esta participaci\u00f3n no implica seguimiento de avance acad\u00e9mico y, solo a los fines administrativos, la o el estudiante puede realizar en cualquier momento del a\u00f1o la solicitud ante la secretar\u00eda y\/o departamento correspondiente, indicando su intenci\u00f3n de asistencia a toda la cursada o a parte de ella, para el registro de La autorizaci\u00f3n quedar\u00e1 supeditada a la disponibilidad de espacio f\u00edsico en relaci\u00f3n con la cantidad de estudiantes regulares inscriptas o inscriptos.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>5.3<\/strong> Se entiende por <strong>asistencia <\/strong>la participaci\u00f3n en clases presenciales en el IS y en encuentros sincr\u00f3nicos mediados por tecnolog\u00edas definidas en la propuesta de c\u00e1tedra.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>5.4<\/strong> Sobre los porcentajes de asistencia requeridos para <strong>aprobar la cursada<\/strong>:\n<ul>\n<li>Para unidades curriculares con formato asignatura y modalidad presencialidad plena se deber\u00e1 cumplimentar un 60% de asistencia seg\u00fan la cantidad de clases establecidas por calendario acad\u00e9mico.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Para unidades curriculares con formato asignatura y modalidad presencialidad con Propuestas Pedag\u00f3gicas Combinadas, se deber\u00e1 cumplimentar un 80% de asistencia seg\u00fan la cantidad de clases establecidas por calendario acad\u00e9mico.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Para el Campo de la Pr\u00e1ctica Docente, la Pr\u00e1ctica Profesionalizante y unidades curriculares con formato Taller, Seminario, Ateneo, Laboratorio se deber\u00e1 cumplimentar el 80% de asistencia seg\u00fan la cantidad de clases establecidas por calendario acad\u00e9mico.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las y los estudiantes matriculados en Contextos de Encierro podr\u00e1n justificar la inasistencia cuando est\u00e9 condicionada por situaciones espec\u00edficas (comparendos, citaci\u00f3n judicial, traslados<\/p>\n<ul>\n<li><strong>5.5<\/strong> Se establece un r\u00e9gimen especial de inasistencias justificadas, no computables, para personas gestantes y estudiantes en condici\u00f3n de paternidad, que cursen estudios en IS de gesti\u00f3n estatal o privada dependientes de la Direcci\u00f3n General de Cultura y Educaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Este r\u00e9gimen se aplica a solicitud de la o el estudiante en situaci\u00f3n de acogerse al mismo. La condici\u00f3n de embarazo se acreditar\u00e1 con la presentaci\u00f3n de certificado m\u00e9dico y la condici\u00f3n de paternidad con la presentaci\u00f3n de la constataci\u00f3n de parto o inscripci\u00f3n de nacimiento.<\/p>\n<p>El r\u00e9gimen especial de inasistencias justificadas comprender\u00e1, en el caso de personas gestantes, un plazo m\u00e1ximo de treinta (30) d\u00edas h\u00e1biles, durante el embarazo o despu\u00e9s del nacimiento, de forma continua o fraccionada.<\/p>\n<p>En el caso de estudiantes en condici\u00f3n de paternidad, el plazo m\u00e1ximo comprender\u00e1 quince (15) d\u00edas h\u00e1biles, despu\u00e9s del nacimiento, de forma continua o fraccionada.<\/p>\n<p>Para las Pr\u00e1cticas Profesionalizantes, pr\u00e1cticas docentes y unidades curriculares que signifiquen un riesgo para el embarazo, se requerir\u00e1 autorizaci\u00f3n expresa del m\u00e9dico obstetra para la continuidad de la cursada.<\/p>\n<p>Por cuestiones de salud prenatal, para la Pr\u00e1ctica Docente y Profesionalizante se establece que deber\u00e1 suspender la asistencia 30 d\u00edas antes de la fecha probable de parto. Cada equipo directivo y docente analizar\u00e1 de manera particular cada situaci\u00f3n y determinar\u00e1, junto a la estudiante, la posibilidad de continuidad acad\u00e9mica en la unidad curricular para ese ciclo lectivo luego del parto.<\/p>\n<p><strong>5.6 <\/strong>Las y los estudiantes se inscribir\u00e1n para cursar como regulares al inicio del ciclo lectivo. Para las unidades curriculares del segundo cuatrimestre, se abrir\u00e1 un per\u00edodo de inscripci\u00f3n antes del receso de invierno.<\/p>\n<p>Los IS que cuenten con estudiantes matriculadas y matriculados en Contextos de Encierro, deber\u00e1n garantizar las condiciones de inscripci\u00f3n a las asignaturas seg\u00fan lo establecido en la Resoluci\u00f3n 4222\/23: Anexo III.<\/p>\n<p><strong>5.7 <\/strong>Las relaciones de <strong>correlatividad <\/strong>entre las unidades curriculares son las definidas en los dise\u00f1os curriculares de cada carrera. En todos los casos, tienen el sentido de favorecer las mejores condiciones para las trayectorias formativas evitando escenarios que impliquen la obstrucci\u00f3n de la continuidad en los estudios para las y los estudiantes.<\/p>\n<h1>Cap\u00edtulo 6 &#8211; Modalidad de cursada de las carreras<\/h1>\n<p>Para la cursada de las carreras en el nivel superior se consideran dos modalidades de cursada: presencial y a distancia.<\/p>\n<h3>6.1 Modalidad presencial<\/h3>\n<p>La cursada presencial <strong>puede asumir dos modalidades<\/strong>: Presencialidad Plena o Presencialidad con Propuestas Pedag\u00f3gicas Combinadas.<\/p>\n<p>Las instituciones definir\u00e1n la modalidad de cursada de cada carrera en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del dise\u00f1o curricular, los acuerdos con el equipo docente, los aportes a las trayectorias formativas de las y los estudiantes, las necesidades del contexto, las condiciones de posibilidad institucionales y de cada actriz o actor institucional. Estas definiciones deben ser explicitadas en el RAI en el marco de acuerdos institucionales.<\/p>\n<h3>6.1.1 Presencialidad plena (PP):<\/h3>\n<p>Se considera presencialidad plena al acto educativo en el que la <strong>interacci\u00f3n pedag\u00f3gica docente-estudiante comparte el mismo tiempo y espacio (f\u00edsico o virtual, sincr\u00f3nico). <\/strong>Puede realizarse en la sede del instituto u otro entorno formativo o bien, en encuentros sincr\u00f3nicos mediados por tecnolog\u00eda en los d\u00edas y horarios establecidos por la instituci\u00f3n para cada unidad curricular. Cada instituci\u00f3n deber\u00e1 analizar las condiciones de posibilidad para la implementaci\u00f3n de encuentros sincr\u00f3nicos mediados por tecnolog\u00eda, a fin de garantizar el acceso en posici\u00f3n de igualdad de las y los estudiantes.<\/p>\n<p>Las unidades curriculares en presencialidad plena <strong>deber\u00e1n <\/strong>incluir un m\u00ednimo de 70% de carga horaria de la unidad curricular en la sede del instituto y hasta un m\u00e1ximo de 30% de sincron\u00eda mediada por tecnolog\u00edas. Estas condiciones, as\u00ed como su calendarizaci\u00f3n, deben estar explicitadas en el programa de la unidad curricular<\/p>\n<p>Las Pr\u00e1cticas Docentes, Pr\u00e1cticas Profesionalizantes, Talleres y UC de laboratorios quedan exceptuadas del 30% de sincron\u00eda mediada por tecnolog\u00eda, debiendo cursarse el 100% de la carga horaria en los espacios f\u00edsicos previstos institucionalmente. Podr\u00e1n utilizarse mediaciones tecnol\u00f3gicas cuando se encuentren explicitados en el plan de estudios o en disposiciones espec\u00edficas emitidas por las Direcciones correspondientes.<\/p>\n<h3>6.1.2\u00a0 Presencialidad con propuestas pedag\u00f3gicas combinadas (PPC):<\/h3>\n<p>Las Propuestas Pedag\u00f3gicas Combinadas (PPC) constituyen una alternativa de cursada que <strong>conjuga actividades asincr\u00f3nicas y encuentros presenciales <\/strong>en la sede del instituto (o en otros entornos formativos) en los d\u00edas y horarios establecidos por la Instituci\u00f3n para el conjunto de las unidades curriculares de la carrera.<\/p>\n<p>Las PPC son propuestas pedag\u00f3gicas de car\u00e1cter presencial que contienen instancias virtuales integradas en el mismo proyecto de ense\u00f1anza y constituyen una \u00fanica experiencia pedag\u00f3gica. Es decir, se trata de una experiencia unificada que expresa una trayectoria que construye sentidos entre lo que acontece en los encuentros presenciales y lo que sucede en la virtualidad. Se encuadra en una propuesta planificada que considera distintos entornos y \u00e1mbitos en los que acontece el acto educativo.<\/p>\n<p>Las condiciones para la inclusi\u00f3n de PPC se encuentran prescriptas en el <strong>Anexo 3 <\/strong>de la presente resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las PPC se planificar\u00e1n para todo el plan de estudios de la carrera, a partir de una visi\u00f3n integral del dise\u00f1o curricular y las trayectorias estudiantiles. Dicha planificaci\u00f3n deber\u00e1 contar con una revisi\u00f3n peri\u00f3dica. Las y los estudiantes deben estar informados a fin de facilitar la toma de decisiones.<\/p>\n<p>Las planificaci\u00f3n integral de las carreras con PPC ser\u00e1n supervisadas y avaladas por el\/la Inspector\/a de nivel o modalidad o el\/la superior jer\u00e1rquico.<\/p>\n<p>Cada Direcci\u00f3n de Nivel o Modalidad elaborar\u00e1, en el marco de lo prescripto en la presente resoluci\u00f3n, documentos de apoyo con orientaciones espec\u00edficas para la incorporaci\u00f3n de las PPC en relaci\u00f3n a las caracter\u00edsticas particulares de cada campo de formaci\u00f3n y\/o \u00e1mbito espec\u00edfico de desarrollo de la educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La DESFT y la DEAr podr\u00e1n emitir prescripciones particulares en sus Dise\u00f1os Curriculares o en documentos de implementaci\u00f3n espec\u00edficos por carrera, de acuerdo con requerimientos de los marcos de referencia o criterios de calidad formativa. En caso que no se establezcan prescripciones particulares, se contemplar\u00e1n los criterios generales establecidos en el presente RAM.<\/p>\n<h3>6.2 Modalidad a distancia<\/h3>\n<p>Las condiciones para las carreras con modalidad a distancia deber\u00e1n cumplir con la normativa nacional y provincial vigente, y su planificaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n estar\u00e1 sujeta a la convocatoria jurisdiccional.<\/p>\n<h1>Cap\u00edtulo 7- Formatos de cursada de Unidades Curriculures<\/h1>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Se establecen las siguientes definiciones sobre los <strong>formatos de unidades curriculares<\/strong>:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Asignaturas: <\/strong>Este formato se caracteriza por brindar conocimientos, modos de pensamiento, producci\u00f3n y modelos explicativos de car\u00e1cter provisional. En relaci\u00f3n al reconocimiento del car\u00e1cter provisional y constructivo del conocimiento promueven la revisi\u00f3n permanente de los contenidos en funci\u00f3n de los avances conceptuales y cient\u00edficos de los diferentes campos Promueven un trabajo docente en torno de estrategias de ense\u00f1anza que favorecen el an\u00e1lisis de problemas, investigaciones, producciones, interpretaciones, elaboraci\u00f3n de informes, desarrollo de la comunicaci\u00f3n escrita y oral, entre otras, con el objeto de propiciar el trabajo intelectual y al mismo tiempo la apropiaci\u00f3n de pr\u00e1cticas propias del quehacer docente y profesional.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>Ateneos: <\/strong>Constituye un espacio grupal educativo donde interact\u00faan procesos de comprensi\u00f3n, intervenci\u00f3n y reflexi\u00f3n en la acci\u00f3n, en la mediaci\u00f3n entre:\n<ul>\n<li>la construcci\u00f3n de las pr\u00e1cticas de diferentes saberes;<\/li>\n<li>la complejidad sociocultural de la experiencia intersubjetiva en el espacio de desarrollo de la pr\u00e1ctica;<\/li>\n<li>el posicionamiento \u00e9tico-pol\u00edtico del profesional en su<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las acciones en el Ateneo pueden ser variadas: profundizaci\u00f3n bibliogr\u00e1fica, exposici\u00f3n de temas o casos especiales, toma de decisiones pedag\u00f3gico- o t\u00e9cnico procedimentales, descripci\u00f3n densa de la pr\u00e1ctica, reflexi\u00f3n \u00e9tico pol\u00edtica del posicionamiento profesional, etc\u00e9tera.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Seminarios: <\/strong>Son instancias acad\u00e9micas de estudio de problemas relevantes para la formaci\u00f3n Incluye la reflexi\u00f3n cr\u00edtica de las concepciones o supuestos previos sobre tales problemas, que los estudiantes han construido como resultado de su propia experiencia, para luego profundizar su comprensi\u00f3n a trav\u00e9s de la lectura y el debate de materiales bibliogr\u00e1ficos, de la investigaci\u00f3n, de la producci\u00f3n e interpretaci\u00f3n, etc.. Estas unidades, permiten el cuestionamiento del \u00abpensamiento pr\u00e1ctico\u00bb, ejercitan en el trabajo reflexivo y en el manejo de literatura espec\u00edfica y pone a las y los estudiantes como sujetos activos de la producci\u00f3n del conocimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>Talleres\/Laboratorios: <\/strong>Unidades Curriculares orientadas a la producci\u00f3n e instrumentaci\u00f3n requerida para la acci\u00f3n Como tales, son unidades que promueven la resoluci\u00f3n pr\u00e1ctica de situaciones y la experimentaci\u00f3n de alto valor para la formaci\u00f3n. El desarrollo de las capacidades que involucran desempe\u00f1os pr\u00e1cticos envuelve una diversidad y complementariedad de atributos, ya que las situaciones pr\u00e1cticas no se reducen a un hacer, sino que se constituyen como un hacer creativo y reflexivo en el que tanto se ponen en juego los marcos conceptuales disponibles como se inicia la b\u00fasqueda de aquellos otros nuevos que resulten necesarios para orientar, resolver o interpretar los desaf\u00edos de la producci\u00f3n. Entre aquellas capacidades que resultan relevantes de trabajar en el \u00e1mbito de un taller, adem\u00e1s de la pr\u00e1ctica espec\u00edfica se incluyen las competencias ling\u00fc\u00edsticas, la b\u00fasqueda y organizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n, la identificaci\u00f3n diagn\u00f3stica, la interacci\u00f3n social y la coordinaci\u00f3n de grupos, el manejo de recursos de comunicaci\u00f3n y expresi\u00f3n, el desarrollo de proyectos productivos e interpretativos, el v\u00ednculo entre producci\u00f3n y construcci\u00f3n de sentidos, etc.<\/li>\n<li>Como modalidad pedag\u00f3gica, el taller apunta al desarrollo de capacidades para la producci\u00f3n y el an\u00e1lisis de casos y de alternativas de acci\u00f3n, la toma de decisiones y la generaci\u00f3n de soluciones e innovaciones para encararlos. Por ello el taller ofrece el espacio para la elaboraci\u00f3n de proyectos concretos y supone la ejercitaci\u00f3n en capacidades para elegir entre cursos de acciones posibles y pertinentes para la situaci\u00f3n, habilidades para la selecci\u00f3n de metodolog\u00edas, medios y recursos, el dise\u00f1o de planes de trabajo operativo individual y\/o la capacidad de ponerlo en pr\u00e1ctica.<\/li>\n<\/ul>\n<h1>Cap\u00edtulo\u00a0 8-\u00a0\u00a0 Evaluaci\u00f3n.\u00a0 Condiciones\u00a0 de\u00a0\u00a0 Aprobaci\u00f3n\u00a0\u00a0 y acreditaci\u00f3n.<\/h1>\n<ul>\n<li><strong>8.1<\/strong> Los diferentes formatos de unidades curriculares habilitan contemplar variados dispositivos de evaluaci\u00f3n que consideren la entidad del objeto de ense\u00f1anza, el tipo de relaci\u00f3n pedag\u00f3gica que se establece, el modo en que se dicta el espacio y la complejidad del proceso de Por ello, para la valoraci\u00f3n de saberes pueden contemplarse m\u00faltiples instrumentos de evaluaci\u00f3n: portafolios, trabajos de escritura colaborativa, elaboraci\u00f3n de bit\u00e1coras, diarios de campo, narrativas, participaci\u00f3n en foros, coloquios, muestras, producciones espec\u00edficas de las disciplinas art\u00edsticas en vivo o en grabaciones de audio y video, dise\u00f1o y\/o desarrollo de proyectos tecnol\u00f3gicos, producci\u00f3n de procesos y\/o prototipos, simulaciones, entre otros, de forma tal que no sea el examen oral o escrito el \u00fanico instrumento utilizado. Estos dispositivos deber\u00e1n estar explicitados en los programas de cada unidad curricular como insumos e instrumentos evaluativos.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>8.2<\/strong> Para la aprobaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de las instancias de evaluaci\u00f3n se utilizar\u00e1 una escala num\u00e9rica entera de 1 (uno) a 10 (diez)<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>8.3<\/strong>\u00a0Una <strong>Unidad Curricular<sup>4<\/sup> (UC) <\/strong>se considera <strong>aprobada <\/strong>cuando se cumplen con las condiciones para acceder a la instancia de acreditaci\u00f3n:<\/li>\n<li>asistencia (de acuerdo con los \u00edtems <strong>3 y 5.4 <\/strong>del presente Anexo)<\/li>\n<li>aprobaci\u00f3n de las instancias de evaluaci\u00f3n previstas con calificaci\u00f3n m\u00ednima de 4 (cuatro) puntos inclusive en las instancias de recuperaci\u00f3n. Para el Campo de la Pr\u00e1ctica Docente o las Pr\u00e1cticas Profesionalizantes, Talleres, Seminarios, Laboratorios y Ateneos la calificaci\u00f3n m\u00ednima es 7 (siete)<\/li>\n<li>cumplir con los requisitos acad\u00e9micos de la propuesta de ense\u00f1anza correspondiente a la unidad curricular, en el marco del Proyecto Institucional de Evaluaci\u00f3n<\/li>\n<\/ul>\n<h3>8.3.1 De la validez de la cursada de una UC<\/h3>\n<p>Las unidades curriculares anuales y cuatrimestrales aprobadas y pendientes de acreditaci\u00f3n tendr\u00e1n una validez de <strong>ocho turnos <\/strong>de acreditaci\u00f3n final consecutivos. Estos se contabilizar\u00e1n a partir del primer turno disponible posterior a la aprobaci\u00f3n de la cursada, seg\u00fan lo establecido en el apartado <strong>8.7.1<\/strong>. Vencido este plazo, se deber\u00e1 recursar la unidad curricular.<\/p>\n<p>En el caso de que la o el estudiante se presente en <strong>cuatro <\/strong>oportunidades y no acredite deber\u00e1 <strong>recursar <\/strong>la unidad curricular.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>8.4<\/strong> La <strong>acreditaci\u00f3n <\/strong>supone el acto administrativo que certifica el cumplimiento de la totalidad de los requisitos para la aprobaci\u00f3n final de una unidad curricular. Las Unidades Curriculares <strong>se acreditan:<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>por <strong>promoci\u00f3n directa, <\/strong>es decir, sin instancia de evaluaci\u00f3n final, seg\u00fan lo establecido en el punto <strong>5 <\/strong>y, en caso de no cumplir con esas condiciones, se pasar\u00e1 a la instancia de evaluaci\u00f3n final.<\/li>\n<li><strong>con instancia de evaluaci\u00f3n final<\/strong>. Se except\u00faan: el Campo de la Pr\u00e1ctica Docente o las Pr\u00e1cticas Profesionalizantes, Talleres, Seminarios, Laboratorio y Ateneos los cuales se recursan en caso de no acreditaci\u00f3n por promoci\u00f3n<\/li>\n<li>en <strong>car\u00e1cter de libre. <\/strong>Se except\u00faan: el Campo de la Pr\u00e1ctica Docente o las Pr\u00e1cticas Profesionalizantes y las Unidades Curriculares en formato Taller, Ateneo, Laboratorio o Seminario.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Cada carrera tendr\u00e1 <strong>un 70% <\/strong>de unidades curriculares cuya acreditaci\u00f3n ser\u00e1 por promoci\u00f3n directa.<\/p>\n<p>La definici\u00f3n de las unidades curriculares cuya acreditaci\u00f3n sea por promoci\u00f3n directa deber\u00e1 contar con la autorizaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n de nivel y de las modalidades correspondientes.<\/p>\n<p>Antes de la inscripci\u00f3n a cada cursada se deber\u00e1 informar a las y los estudiantes el modo de acreditaci\u00f3n de las UC.<\/p>\n<p>La acreditaci\u00f3n se realizar\u00e1 por cada unidad curricular -Asignatura, Pr\u00e1ctica Docente, Pr\u00e1ctica Profesionalizante, Talleres, Seminarios, Laboratorios y Ateneos, -entre otras- conforme los dise\u00f1os curriculares, independientemente de si la evaluaci\u00f3n se realiza por campos o con unidades curriculares integradas.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>8.5<\/strong> Las condiciones para la acreditaci\u00f3n <strong>por promoci\u00f3n directa <\/strong>(acreditaci\u00f3n sin instancia de evaluaci\u00f3n final) son:<\/li>\n<li>asistencia (de acuerdo a lo pautado en el Cap\u00edtulo 5 (<strong>3, 5.4, 5.5<\/strong>) del presente Anexo).<\/li>\n<li>obtener un m\u00ednimo de 7 (siete) puntos en la instancia de evaluaci\u00f3n y la instancia de recuperaci\u00f3n (tanto por ausencia, desaprobaci\u00f3n o por haber sido calificado con una nota menor a 7).<\/li>\n<li>cumplir con los requisitos acad\u00e9micos propuestos por la\/el docente a cargo de la Unidad Curricular, en el marco del Proyecto Institucional de Evaluaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las y los estudiantes que obtengan una nota entre 4 (cuatro) y L (seis) puntos, tendr\u00e1n la cursada aprobada y pasar\u00e1n autom\u00e1ticamente al sistema de acreditaci\u00f3n con instancia de evaluaci\u00f3n final.<\/p>\n<p>Para las unidades curriculares cuatrimestrales se realizar\u00e1 el acto administrativo de acreditaci\u00f3n durante la instancia de evaluaci\u00f3n final inmediata a la finalizaci\u00f3n de la cursada, por lo tanto, las UC que se cursan en el primer cuatrimestre lo har\u00e1n durante el per\u00edodo de ex\u00e1menes posterior al receso de invierno.<\/p>\n<p>Todas las instancias de evaluaci\u00f3n previstas para la acreditaci\u00f3n por promoci\u00f3n directa se realizar\u00e1n durante el per\u00edodo de clases determinado en el calendario acad\u00e9mico para el Nivel Superior.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>8.5.1<\/strong> El <strong>Campo de la Pr\u00e1ctica Docente, Pr\u00e1cticas Profesionalizantes<\/strong>, <strong>Talleres, Seminarios, Laboratorios y Ateneos <\/strong>se acreditan por promoci\u00f3n directa y con una calificaci\u00f3n igual o mayor a <strong>7 (siete) puntos<\/strong>. Por lo tanto, estas unidades curriculares se aprueban durante el transcurso de la cursada, caso contrario, se deben recursar.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>8.6 <\/strong>Las condiciones para obtener la <strong>acreditaci\u00f3n con instancia de evaluaci\u00f3n final<\/strong><\/p>\n<p>son:<\/p>\n<ul>\n<li>aprobaci\u00f3n de la cursada (ver apartado <strong>3<\/strong>)<\/li>\n<li>aprobaci\u00f3n de una <strong>instancia de evaluaci\u00f3n final <\/strong>ante una comisi\u00f3n evaluadora presidida por la o el docente de la unidad curricular (o docente designado en su reemplazo) e integrada, como m\u00ednimo y sin excepci\u00f3n, por otro docente. En los casos que la o el estudiante lo solicite, podr\u00e1 incluirse un veedor estudiantil. La nota de aprobaci\u00f3n ser\u00e1 un n\u00famero entero igual o superior a 4 (cuatro)<\/li>\n<\/ul>\n<p>A modo de s\u00edntesis, se presentan los siguientes cuadros:<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"2\" width=\"551\"><strong>Aprobaci\u00f3n<\/strong> <strong>de<\/strong> <strong>la<\/strong> <strong>cursada<\/strong> <strong>de<\/strong> <strong>la<\/strong> <strong>Unidad<\/strong> <strong>Curricular<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"288\"><strong>Calificaci\u00f3n<\/strong><\/td>\n<td width=\"263\"><strong>Situaci\u00f3n<\/strong> <strong>Acad\u00e9mica<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"288\">entre <em>4 (cuatro) y L (seis)<\/em><\/td>\n<td width=\"263\">aprobaci\u00f3n de la cursada<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"288\">con menos de <em>4<\/em> <em>(cuatro)<\/em><\/td>\n<td width=\"263\">recursa<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"288\">Campo de la Pr\u00e1ctica Docente, Pr\u00e1cticas<\/td>\n<td width=\"263\">recursa<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"288\">Profesionalizantes, Talleres, Seminarios, Laboratorios y Ateneos con menos de 7 (siete) <em>puntos<\/em><\/td>\n<td width=\"263\"><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"2\" width=\"551\"><strong>Acreditaci\u00f3n<\/strong><strong> de la Unidad Curricular<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"247\"><strong>Tipo<\/strong> <strong>de<\/strong> <strong>acreditaci\u00f3n<\/strong><\/td>\n<td width=\"304\"><strong>Acreditaci\u00f3n<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\" width=\"247\"><strong>promoci\u00f3n<\/strong> <strong>directa<\/strong> -sin instancia de evaluaci\u00f3n final-<\/td>\n<td width=\"304\">con 7 (siete) o m\u00e1s puntos en cada una de las instancias de evaluaci\u00f3n durante la cursada<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"304\">con 7 (siete) o m\u00e1s en el caso de Campo de la Pr\u00e1ctica Docente, Pr\u00e1cticas Profesionalizantes, Talleres, Laboratorios, Seminarios y Ateneos.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"247\"><strong>con<\/strong> <strong>instancia<\/strong> <strong>evaluaci\u00f3n<\/strong> <strong>final<\/strong><\/td>\n<td width=\"304\">da aprobada y evaluaci\u00f3n final con calificaci\u00f3n de 4 (cuatro) o m\u00e1s puntos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"247\"><strong>En<\/strong> <strong>car\u00e1cter<\/strong> <strong>de<\/strong> <strong>libre<\/strong><\/td>\n<td width=\"304\">\u00danico requisito: los establecidos para cursar unidades curriculares correlativas en los dise\u00f1os curriculares o en sus modificatorias.cursa<\/p>\n<p>Calificaci\u00f3n de 4 (cuatro) o m\u00e1s en ambas instancias (escrito y oral)<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<h3>8.7\u00a0\u00a0\u00a0 Sobre los turnos de acreditaci\u00f3n con instancia de evaluaci\u00f3n final<\/h3>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Cada turno de acreditaci\u00f3n final contempla s\u00f3lo una <strong>\u00fanica fecha <\/strong>para la instancia de evaluaci\u00f3n final de cada unidad curricular.<\/p>\n<p>La instituci\u00f3n organizar\u00e1 por ciclo lectivo los siguientes turnos:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>8.7.1<\/strong> Tres turnos <strong>de acreditaci\u00f3n con instancia de evaluaci\u00f3n final <\/strong>de car\u00e1cter ordinarios:\n<ul>\n<li><strong>Primer Turno: <\/strong>antes de la fecha establecida para el inicio de clases para el nivel Superior<\/li>\n<li><strong>Segundo Turno: <\/strong>inmediatamente finalizado el receso invernal<\/li>\n<li><strong>Tercer Turno: <\/strong>luego de la fecha de finalizaci\u00f3n del per\u00edodo de clases establecida para el Nivel Superior<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>8.7.2<\/strong> Turnos <strong>extraordinarios de acreditaci\u00f3n con instancia de evaluaci\u00f3n final en el mes de mayo o septiembre<\/strong>, sin suspensi\u00f3n de actividades acad\u00e9micas, solo para aquellas\/os estudiantes que adeuden la \u00faltima unidad curricular del Profesorado o Tecnicatura y realicen la solicitud a trav\u00e9s de los mecanismos definidos<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Se garantizar\u00e1 a las y los estudiantes:<\/h3>\n<ul>\n<li>La comunicaci\u00f3n de las fechas de cada instancia de evaluaci\u00f3n final al momento de la inscripci\u00f3n a las mismas y con un m\u00ednimo de diez d\u00edas h\u00e1biles antes del inicio del per\u00edodo de inscripci\u00f3n referido.<\/li>\n<li>Distribuci\u00f3n de las fechas de las instancias correspondientes al mismo a\u00f1o seg\u00fan dise\u00f1o curricular de modo que no haya superposiciones en el mismo d\u00eda y horario<\/li>\n<li>La comisi\u00f3n evaluadora deber\u00e1 garantizar una devoluci\u00f3n formativa (oral o escrita) con el prop\u00f3sito de contribuir al fortalecimiento de los aprendizajes promovidos en las diferentes unidades curriculares.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Todas las instancias para la acreditaci\u00f3n con evaluaci\u00f3n final se realizar\u00e1n durante el per\u00edodo determinado en el calendario acad\u00e9mico para el Nivel Superior establecido en el \u201cCalendario Escolar\u201d y el \u201cCalendario de actividades docentes\u201d.<\/p>\n<h3>8.8\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Para la acreditaci\u00f3n de una UC en car\u00e1cter de libre<\/h3>\n<p>Para acreditar una UC en car\u00e1cter de <strong>libre <\/strong>las y los estudiantes podr\u00e1n inscribirse en todos los turnos ordinarios establecidos en el apartado <strong>8.7.1<\/strong>. Para acceder a esta modalidad, se deber\u00e1 cumplir como \u00fanico requisito los establecidos para cursar unidades curriculares correlativas en los dise\u00f1os curriculares o en sus modificatorias.<\/p>\n<p>La acreditaci\u00f3n de UC en car\u00e1cter de libre contempla una instancia de evaluaci\u00f3n escrita y una instancia de evaluaci\u00f3n oral; o bien la interpretaci\u00f3n o producci\u00f3n de pr\u00e1cticas espec\u00edficas cuando se trata de carreras de la modalidad art\u00edstica o t\u00e9cnica. En cada instancia se deber\u00e1 obtener un m\u00ednimo de 4 (cuatro) puntos. La nota final surge como promedio de ambas calificaciones. En caso de corresponder, se aplica la aproximaci\u00f3n por redondeo<\/p>\n<p>Las unidades curriculares del Campo de la Pr\u00e1ctica Docente, el Campo de la Pr\u00e1ctica Profesionalizante y aquellas con formato taller, seminario, ateneo y laboratorio no podr\u00e1n acreditarse en car\u00e1cter de libre.<\/p>\n<p><strong>8.9 El promedio general de la carrera <\/strong>se obtendr\u00e1 de la totalidad de las calificaciones de las unidades curriculares de la carrera, dividido por el n\u00famero total de las mismas. No se tomar\u00e1n los resultados de los promedios parciales de cada a\u00f1o, los desaprobados, las equivalencias ni reconocimientos otorgados.<\/p>\n<p><strong>8.10 <\/strong>Las unidades curriculares acreditadas no pierden vigencia. Cuando se producen modificaciones en los dise\u00f1os curriculares ver \u00edtem <strong>12.2 <\/strong>del presente Anexo.<\/p>\n<p><sup>4<\/sup> Comprende materias, espacios de definici\u00f3n institucional, espacios de opci\u00f3n institucional, unidades curriculares opcionales, Pr\u00e1ctica Docente o Profesionalizante en cualquiera de sus formatos de cursada.<\/p>\n<h1>Cap\u00edtulo 9 &#8211; Pases<\/h1>\n<p>Ingresar\u00e1n por pase las y los estudiantes que se encuentren cursando una carrera con plan de estudios vigente en la Provincia de Buenos Aires y con el mismo n\u00famero de resoluci\u00f3n que se dicta en el Instituto receptor.<\/p>\n<p>En caso de adeudar la acreditaci\u00f3n final de una o m\u00e1s unidades curriculares, mantendr\u00e1n la validez de la cursada en las mismas condiciones que prescribe el presente Anexo pero deber\u00e1n adecuarse a las condiciones fijadas en el Plan Institucional de Evaluaci\u00f3n de la instituci\u00f3n receptora.<\/p>\n<p>Para estudiantes que provienen de carreras con la misma denominaci\u00f3n pero de otra jurisdicci\u00f3n nacional, el equipo directivo y docente realizar\u00e1, a partir de la documentaci\u00f3n respaldatoria, un plan de equivalencias que ponga en valor la trayectoria realizada por la o el estudiante.<\/p>\n<p>El pase puede ser solicitado por la o el estudiante en cualquier momento del ciclo lectivo. Las dos instituciones que intervienen en el proceso deber\u00e1n dar curso al pedido dentro de los 10 (diez) d\u00edas h\u00e1biles posteriores al ingreso del tr\u00e1mite.<\/p>\n<h3>9.1 Solicitud de pase<\/h3>\n<p>La solicitud de pase a otra Instituci\u00f3n de la jurisdicci\u00f3n debe tramitarse por nota a la Direcci\u00f3n del instituto al que se desea ingresar.<\/p>\n<p>El o la estudiante deber\u00e1 presentar:<\/p>\n<ul>\n<li>Constancia que acredite su condici\u00f3n de estudiante de la carrera e instituto del que<\/li>\n<li>Constancia de la acreditaci\u00f3n total de las unidades curriculares con detalle de fecha de acreditaci\u00f3n, libro y folio de registro, Carrera y Resoluci\u00f3n de la Provincia de Buenos Aires.<\/li>\n<li>Fecha de aprobaci\u00f3n de unidades curriculares cursadas de las cuales adeuda acreditaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Situaci\u00f3n acad\u00e9mica de las unidades curriculares en curso con asistencia e informe acad\u00e9mico al momento del pedido de Pase.<\/li>\n<li>Original del legajo (queda copia en el instituto de origen)<\/li>\n<\/ul>\n<h1>Cap\u00edtulo 10- De las equivalencias<\/h1>\n<h3>10.1\u00a0 Equivalencia autom\u00e1tica<\/h3>\n<p>Se otorgar\u00e1 equivalencia autom\u00e1tica cuando se trate de unidades curriculares con la misma denominaci\u00f3n y contenidos en los planes de estudio de las carreras vigentes en la jurisdicci\u00f3n<\/p>\n<h3>Pautas para solicitud y acreditaci\u00f3n de unidades curriculares por equivalencia autom\u00e1tica<\/h3>\n<ul>\n<li>Solicitar mediante nota firmada, en la secretar\u00eda del instituto, antes del 30 de abril de cada a\u00f1o, el reconocimiento de equivalencias de unidades curriculares acreditadas en la misma o en otra instituci\u00f3n del nivel superior de la jurisdicci\u00f3n<\/li>\n<li>Acompa\u00f1ar la solicitud con el certificado anal\u00edtico de estudios realizados<\/li>\n<li>Cursar la unidad curricular cuya acreditaci\u00f3n se solicita por equivalencia, hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorg\u00f3 lo<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Funciones de la instituci\u00f3n en el proceso de solicitud de equivalencias<\/h3>\n<ul>\n<li>Informar a las y los estudiantes sobre el proceso de solicitud de equivalencias durante el per\u00edodo de inscripci\u00f3n anual.<\/li>\n<li>Dentro de los <strong>72 hs h\u00e1biles <\/strong>de recibida la documentaci\u00f3n, el equipo directivo resolver\u00e1 la solicitud y notificar\u00e1 a la o el estudiante. En caso de la denegaci\u00f3n por no ser igual denominaci\u00f3n y contenido seg\u00fan los dise\u00f1os curriculares de la jurisdicci\u00f3n, se orientar\u00e1 para que la persona interesada realice el procedimiento indicado en el \u00edtem <strong>2<\/strong><\/li>\n<li>Confeccionar el acta de aceptaci\u00f3n\/denegaci\u00f3n de equivalencia autom\u00e1tica.<\/li>\n<li>Registrar en el Libro de Equivalencias del<\/li>\n<\/ul>\n<h3>10.2\u00a0 Equivalencia total o parcial<\/h3>\n<p>Se podr\u00e1n acreditar unidades curriculares mediante equivalencia. La equivalencia de UC podr\u00e1 ser completa o parcial. En ambos casos, se ponderan los saberes acreditados en carreras del nivel superior reconocidas.<\/p>\n<h3>Pautas para solicitud y acreditaci\u00f3n de unidades curriculares por equivalencias<\/h3>\n<p>Para solicitar la acreditaci\u00f3n por equivalencia, la\/el estudiante deber\u00e1:<\/p>\n<ul>\n<li>Solicitar mediante nota firmada, en la secretar\u00eda del instituto, antes del 30 de abril de cada a\u00f1o, el reconocimiento de equivalencias de unidades curriculares acreditadas en la misma instituci\u00f3n o en otra instituci\u00f3n educativa de Nivel Superior reconocida oficialmente.<\/li>\n<li>Acompa\u00f1ar la solicitud con el certificado anal\u00edtico de estudios realizados y los programas que correspondan, en los que conste carga horaria, contenidos y bibliograf\u00eda, de las unidades curriculares en las que solicita<\/li>\n<li>La documentaci\u00f3n deber\u00e1 estar foliada, con firma y sello de las autoridades de la instituci\u00f3n emisora.<\/li>\n<li>Cursar la unidad curricular cuya acreditaci\u00f3n se solicita por equivalencia, hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorg\u00f3 lo solicitado.<\/li>\n<li>Cumplir con los requerimientos acad\u00e9micos que se establezcan en el caso de una <strong>equivalencia <\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<h3>Funciones de la instituci\u00f3n en el proceso de solicitud de equivalencias<\/h3>\n<ul>\n<li>Informar a las y los estudiantes sobre el proceso de solicitud de equivalencias durante el per\u00edodo de inscripci\u00f3n anual.<\/li>\n<li>Dentro de los <strong>diez d\u00edas h\u00e1biles <\/strong>de recibida la documentaci\u00f3n, el equipo docente deber\u00e1 analizar la propuesta pedag\u00f3gica presentada por la o el estudiante y emitir criterio, debidamente fundamentado, respecto del otorgamiento de la acreditaci\u00f3n total o parcial o bien del rechazo de la<\/li>\n<li>Confeccionar el acta de aceptaci\u00f3n\/denegaci\u00f3n de equivalencia<\/li>\n<li>Si la equivalencia es total, se registrar\u00e1 en el Libro de Equivalencias del<\/li>\n<li>Si la equivalencia es parcial, deber\u00e1n consignar las caracter\u00edsticas del trayecto de acreditaci\u00f3n y la fecha para una entrevista consignando d\u00eda y hora. Todo esto no deber\u00e1 exceder la finalizaci\u00f3n del ciclo<\/li>\n<\/ul>\n<p>Deber\u00e1 labrarse el acta respectiva de todo lo actuado en esta equivalencia parcial e informar por escrito a la o el estudiante las condiciones y plazos que debe cumplir.<\/p>\n<p>Una vez cumplimentadas las acciones complementarias del trayecto de acreditaci\u00f3n, en los plazos correspondientes, se registrar\u00e1 la aprobaci\u00f3n de la equivalencia en el Libro de Equivalencias del establecimiento, consignando <strong>Acreditado por Equivalencia <\/strong>y la calificaci\u00f3n num\u00e9rica seg\u00fan correspondiere a la decisi\u00f3n tomada por el equipo docente.<\/p>\n<p>En caso de desaprobar las acciones complementarias del trayecto de acreditaci\u00f3n o de no presentarse, se har\u00e1 constar esta situaci\u00f3n en el Libro de Equivalencias.<\/p>\n<ul>\n<li>Confeccionar el acta de aceptaci\u00f3n\/denegaci\u00f3n de equivalencia autom\u00e1tica.<\/li>\n<li>Registrar en el Libro de Equivalencias del<\/li>\n<\/ul>\n<h1>Cap\u00edtulo 11- Reconocimiento de trayectorias en la Educaci\u00f3n T\u00e9cnico Profesional<\/h1>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Para las carreras t\u00e9cnicas se podr\u00e1n solicitar reconocimientos de trayectorias formativas correspondientes a estudios cursados en la modalidad de Educaci\u00f3n T\u00e9cnico Profesional ETP seg\u00fan lo que se prescribe en cada plan de estudios. El otorgamiento se concreta con la presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n respaldatoria. La instituci\u00f3n deber\u00e1 informar a los estudiantes las posibilidades previstas en el plan de estudios y dejar constancia de la solicitud mediante registro escrito.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p>Para solicitar la acreditaci\u00f3n por reconocimiento de trayectoria en la modalidad ETP el estudiante deber\u00e1:<\/p>\n<ul>\n<li>Solicitar mediante nota firmada, en la secretar\u00eda del instituto, antes del 30 de abril de cada a\u00f1o, el reconocimiento de unidades curriculares acreditadas en la instituci\u00f3n emisora de la titulaci\u00f3n respectiva (Escuela Secundaria T\u00e9cnica, Escuela Secundaria Agraria, Centro de Formaci\u00f3n Profesional).<\/li>\n<li>Acompa\u00f1ar la solicitud con el certificado anal\u00edtico de estudios realizados en las que solicita el reconocimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Una vez cumplimentadas las acciones contempladas para el reconocimiento de trayectorias, se registrar\u00e1 la aprobaci\u00f3n de la asignatura reconocida, consignando <strong>Acreditado por Reconocimiento.<\/strong><\/p>\n<h1>Cap\u00edtulo 12- Caducidad de los Planes de Estudio o cierre de Carreras<\/h1>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<h3>12.1\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Carreras a t\u00e9rmino o ciclo cerrado<\/h3>\n<p>Cuando se cierra una carrera en un IS las y los estudiantes podr\u00e1n:<\/p>\n<ul>\n<li>acreditar acad\u00e9micamente las unidades curriculares mientras se encuentre vigente la aprobaci\u00f3n de la (Ver Punto <strong>8.G<\/strong>)<\/li>\n<li>continuar en el IS cursando unidades curriculares con la misma denominaci\u00f3n y contenidos o unidades curriculares de diferente denominaci\u00f3n y contenidos equivalentes seg\u00fan dise\u00f1os curriculares vigentes de la jurisdicci\u00f3n, estos \u00faltimos con el aval del equipo de conducci\u00f3n y<\/li>\n<li>acreditar en car\u00e1cter de<\/li>\n<li>cursar como estudiante itinerante las unidades curriculares pendientes de acreditaci\u00f3n que la Instituci\u00f3n ya no ofrece.<\/li>\n<li>solicitar el pase a otro<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las instituciones podr\u00e1n tambi\u00e9n construir estrategias de articulaci\u00f3n con otros Institutos para garantizar instancias de acreditaci\u00f3n final como estudiante regular o libre y\/o solicitar la intervenci\u00f3n del Nivel Central para generar las mejores condiciones que garanticen la terminalidad.<\/p>\n<h3>12.2\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Carreras con cambio de dise\u00f1o curricular<\/h3>\n<p>Los dise\u00f1os curriculares caducan desde que los mismos son reemplazados por otros.<\/p>\n<p>La implementaci\u00f3n de un nuevo dise\u00f1o curricular ser\u00e1 progresiva y se dictar\u00e1 la normativa correspondiente para la creaci\u00f3n de condiciones institucionales que garanticen la continuidad acad\u00e9mica de las y los estudiantes que iniciaron sus estudios con anterioridad a la implementaci\u00f3n del nuevo dise\u00f1o.<\/p>\n<p>El plan de transici\u00f3n contemplar\u00e1, para la acreditaci\u00f3n de las unidades curriculares a partir de su caducidad, los 8 (ocho) turnos consecutivos de instancias de evaluaci\u00f3n final previstos para la validez de la cursada.<\/p>\n<p>El marco normativo debe reconocer la totalidad de los avances acad\u00e9micos de aquellas y aquellos estudiantes que, por diversas situaciones, se encuentran con trayectorias discontinuas y acompa\u00f1ar las decisiones que las y los estudiantes realicen sobre sus trayectorias.<\/p>\n<p>El equipo de conducci\u00f3n institucional y el cuerpo docente deber\u00e1n elaborar un plan de acompa\u00f1amiento para las y los estudiantes en el marco de la normativa que se dicte. Dicho plan debe formar parte del Plan Institucional de Evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<h1>Cap\u00edtulo 13- Acerca del Programa de cada Unidad Curricular<\/h1>\n<ul>\n<li>El programa de la unidad curricular es un documento pedag\u00f3gico a trav\u00e9s del cual la o el docente presenta una hip\u00f3tesis de trabajo que anticipa el desarrollo que elabora para la unidad curricular y establece una planificaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En el programa la o el docente evidencia una interpretaci\u00f3n de las diferentes categor\u00edas de an\u00e1lisis, las conexiones que se establecen entre ellas, la relaci\u00f3n que posee con las prescripciones curriculares, las estrategias metodol\u00f3gicas y los criterios de evaluaci\u00f3n para la acreditaci\u00f3n de la Unidad Curricular. Por todo lo dicho es exclusiva responsabilidad de la o el docente que las y los estudiantes accedan al contenido del programa de la cursada y reciban toda la informaci\u00f3n necesaria para comprender la organizaci\u00f3n de la unidad curricular y las l\u00f3gicas conceptuales que subyacen en la propuesta de ense\u00f1anza<\/p>\n<p>Para las carreras t\u00e9cnicas deber\u00e1n incluirse contenidos acad\u00e9micos actualizados y contextualizados a problem\u00e1ticas del sector socio productivo al que pertenece la carrera en di\u00e1logo con las capacidades a desarrollar seg\u00fan cada perfil profesional. Asimismo, se definir\u00e1n las propuestas de integraci\u00f3n de saberes y proyectos con otras unidades curriculares y en particular con la Pr\u00e1ctica Profesionalizante, que promuevan el abordaje de problem\u00e1ticas propias de cada \u00e1mbito socio productivo y la vinculaci\u00f3n con la comunidad.<\/p>\n<p>Los IS garantizar\u00e1n el acceso a los programas de las unidades curriculares a trav\u00e9s de la Biblioteca del Instituto y de todos los medios que consideren apropiados, ya sean digitales o en papel.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>13.2<\/strong> El <strong>programa de la unidad curricular <\/strong>es un documento comunicable que debe estar accesible para las y los estudiantes antes del per\u00edodo de inscripci\u00f3n a las cursadas a fin de brindar informaci\u00f3n necesaria para la toma decisiones y para la construcci\u00f3n de la propia trayectoria en tanto adultos que transitan la Educaci\u00f3n Superior.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Por otra parte la solicitud de equivalencia de estudios realizados es un derecho que garantiza la Educaci\u00f3n Superior en su conjunto y este RAM en particular en el Cap\u00edtulo 10, por lo tanto resulta un deber de los equipos docentes poner a disposici\u00f3n los programas y las Instituciones son responsables de su cumplimiento.<\/p>\n<p>El programa de la unidad curricular debe contener, como m\u00ednimo, los siguientes apartados:<\/p>\n<ul>\n<li>Fundamentos de la<\/li>\n<li>Para carreras docentes: Prop\u00f3sitos de la Unidad Curricular y su relaci\u00f3n con las pr\u00e1cticas de ense\u00f1anza.<\/li>\n<li>Para carreras t\u00e9cnicas capacidades a desarrollar y su vinculaci\u00f3n con los contenidos acad\u00e9micos actualizados y contextualizados a problem\u00e1ticas del sector socio productivo al que pertenece la carrera.<\/li>\n<li>Para carreras de la modalidad art\u00edstica: capacidades a desarrollar y su vinculaci\u00f3n con los contenidos acad\u00e9micos actualizados y contextualizados a problem\u00e1ticas de la investigaci\u00f3n en arte y la interpretaci\u00f3n y producci\u00f3n actual al que pertenece la carrera.<\/li>\n<li>Contenidos en relaci\u00f3n al dise\u00f1o curricular y a los acuerdos institucionales. Contenidos educativos expresados como unidades de aprendizaje m\u00e1s all\u00e1 de la menci\u00f3n de bibliograf\u00eda y repertorios estudiados.<\/li>\n<li>Estrategias metodol\u00f3gicas.<\/li>\n<li>Calendarizaci\u00f3n de la propuesta: secuenciaci\u00f3n temporal, instancias de evaluaci\u00f3n, encuentros sincr\u00f3nicos a trav\u00e9s de entornos virtuales -en caso de corresponder-.<\/li>\n<li>Si el programa forma parte de una PPC, se deben establecer los criterios de presencialidad\/virtualidad de cada programa en particular.<\/li>\n<li>Propuesta adecuada al tiempo de cursada que estipula el dise\u00f1o curricular y al calendario acad\u00e9mico.<\/li>\n<li>Criterios e instrumentos de evaluaci\u00f3n, condiciones para la acreditaci\u00f3n con promoci\u00f3n<\/li>\n<li>Orientaciones para estudiantes que acrediten en condici\u00f3n de \u201c libres\u201d.<\/li>\n<li>Bibliograf\u00eda obligatoria por tema que se encuentre accesible para las y los estudiantes en la biblioteca del Instituto o a trav\u00e9s de enlace o archivo que permita acceder a trav\u00e9s de entornos virtuales. En el caso de educaci\u00f3n art\u00edstica la bibliograf\u00eda distinguir\u00e1 con claridad contenidos educativos del concepto obra y repertorio.<\/li>\n<li>Bibliograf\u00eda<\/li>\n<li>Acuerdos institucionales e interinstitucionales que puedan incluir experiencias<\/li>\n<\/ul>\n<p>En tanto los programas son un componente del proyecto institucional constituyen una documentaci\u00f3n de conservaci\u00f3n permanente y disponible ante cualquier requerimiento.<\/p>\n<h1>Cap\u00edtulo 14- Del R\u00e9gimen Acad\u00e9mico Institucional (RAI)<\/h1>\n<p>Cada IS, a trav\u00e9s de mecanismos de construcci\u00f3n democr\u00e1ticos y en el marco de la presente Resoluci\u00f3n, elaborar\u00e1 un plan institucional <strong>para garantizar condiciones que acompa\u00f1en las trayectorias acad\u00e9micas<\/strong>.<\/p>\n<p>Los Institutos Superiores tendr\u00e1n un a\u00f1o a partir de la sanci\u00f3n de la presente resoluci\u00f3n para construir el nuevo RAI.<\/p>\n<p>Los Institutos Superiores de creaci\u00f3n tendr\u00e1n un a\u00f1o a partir del inicio de las actividades acad\u00e9micas para construir el RAI.<\/p>\n<p>Los t\u00e9rminos del RAI deber\u00e1n tener una revisi\u00f3n peri\u00f3dica seg\u00fan las necesidades institucionales.<\/p>\n<p>El desarrollo del plan Institucional queda sujeto a los acuerdos que se realicen y deber\u00e1 considerar, entre otros, los siguientes aspectos:<\/p>\n<ul>\n<li>Determinaci\u00f3n de las instancias de recuperaci\u00f3n las cuales deber\u00e1n considerar, al menos, una por cada cuatrimestre y realizarse dentro del per\u00edodo de clases establecidos en el calendario acad\u00e9mico.<\/li>\n<li>Causales para abrir turnos de acreditaci\u00f3n<\/li>\n<li>Dispositivos de acompa\u00f1amiento para la filiaci\u00f3n institucional y acad\u00e9mica.<\/li>\n<li>Dispositivos de acompa\u00f1amiento para estudiantes que cursan carreras a ciclo cerrado o con cambio de dise\u00f1o curricular.<\/li>\n<li>Definici\u00f3n de los requisitos acad\u00e9micos para la promoci\u00f3n<\/li>\n<li>Estrategias e instrumentos de evaluaci\u00f3n considerados pertinentes seg\u00fan la modalidad de cada carrera y el r\u00e9gimen de .<\/li>\n<li>Estrategias de seguimiento de los aprendizajes, dispositivos de intercambio y reformulaci\u00f3n pedag\u00f3gica.<\/li>\n<li>Sistema y condiciones para la inscripci\u00f3n a unidades curriculares, instancias de acreditaciones finales, ex\u00e1menes libres.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p>GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES<\/p>\n<p>2024 &#8211; A\u00f1o del 75\u00b0 Aniversario de la gratuidad universitaria en la Rep\u00fablica Argentina<\/p>\n<h3>Hoja Adicional de Firmas Anexo<\/h3>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>N\u00famero: <\/strong>IF-2024-38567372-GDEBA-SDIFDIDGCYE<\/p>\n<p>LA PLATA, BUENOS AIRES<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"93\"><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table border=\"0\">\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong><span style=\"color: #339966;\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" title=\"Tilde\" src=\"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/tildes.jpg\" alt=\"Tilde\" width=\"19\" height=\"17\" border=\"0\" \/><\/span><\/strong><span style=\"color: #339966;\"><span style=\"font-family: 'comic sans ms', sans-serif;\"><strong>RESOLUCI\u00d3N N\u00ba 4196\/24 R\u00c9GIMEN ACAD\u00c9MICO\u00a0<\/strong> \u00a0 \u00a0<\/span><\/span><strong> \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/strong><\/td>\n<td><a title=\"Resolucion_4043_09\" href=\"https:\/\/drive.google.com\/file\/d\/1uXRfRdyA1KL_qeEozHq0MSzxvIdJkQAp\/view?usp=sharing\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"alignnone\" title=\"Descarga\" src=\"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/descarga_logo.png\" alt=\"Descarga\" width=\"25\" height=\"25\" border=\"0\" \/><\/a><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong><span style=\"color: #339966;\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" title=\"Tilde\" src=\"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/tildes.jpg\" alt=\"Tilde\" width=\"19\" height=\"17\" border=\"0\" \/>ANEXO 2 <\/span><\/strong><span style=\"color: #339966;\"><span style=\"font-family: 'comic sans ms', sans-serif;\"><strong>\u00a0\u00a0<\/strong> \u00a0 \u00a0<\/span><\/span><strong><br \/>\n<span style=\"color: #008000;\">Condiciones para la implementaci\u00f3n de la\/el estudiante itinerante en los Institutos\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/span> \u00a0 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/strong><\/td>\n<td><a title=\"Resolucion_4043_09\" href=\"https:\/\/drive.google.com\/file\/d\/1SpyhrTwsQ6Tlx3YUNoZQaUYXEC_unLBf\/view?usp=sharing\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"alignnone\" title=\"Descarga\" src=\"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/descarga_logo.png\" alt=\"Descarga\" width=\"25\" height=\"25\" border=\"0\" \/><\/a><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong><span style=\"color: #339966;\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" title=\"Tilde\" src=\"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/tildes.jpg\" alt=\"Tilde\" width=\"19\" height=\"17\" border=\"0\" \/><\/span><\/strong><span style=\"color: #339966;\"><span style=\"font-family: 'comic sans ms', sans-serif;\"><strong>PLANILLA SOLICITUD DE EQUIVALENCIA &#8211; RESUMEN\u00a0\u00a0<\/strong> \u00a0 \u00a0<\/span><\/span><strong> \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/strong><\/td>\n<td><a title=\"Resolucion_4043_09\" href=\"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2019\/09\/MPA_SUP_EQUIV_01.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"alignnone\" title=\"Descarga\" src=\"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/descarga_logo.png\" alt=\"Descarga\" width=\"25\" height=\"25\" border=\"0\" \/><\/a><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong><span style=\"color: #339966;\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" title=\"Tilde\" src=\"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/tildes.jpg\" alt=\"Tilde\" width=\"19\" height=\"17\" border=\"0\" \/><span style=\"font-family: 'comic sans ms', sans-serif;\">PLANILLA SOLICITUD DE EQUIVALENCIA &#8211; POR ASIGNATURA<\/span><\/span><\/strong><\/td>\n<td><a title=\"Resolucion_4043_09\" href=\"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2019\/09\/MPA_SUP_EQUIV_02.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"alignnone\" title=\"Descarga\" src=\"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/descarga_logo.png\" alt=\"Descarga\" width=\"25\" height=\"25\" border=\"0\" \/><\/a><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<div>\n<hr size=\"1\" width=\"33%\" \/>\n<div id=\"ftn1\">\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt; color: #339966;\"><a title=\"\" href=\"file:\/\/\/C:\/Users\/ISFDyT\/Desktop\/RESOLUCION4043-Regimenacad%C3%A9micoEducaci%C3%B3nSuperior.doc#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><span style=\"color: #339966;\">[1]<\/span><\/a> Resoluci\u00f3n CFE N\u00ba 72\/08. Art\u00edculo 12<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ANEXO 1 R\u00e9gimen Acad\u00e9mico Marco Jurisdiccional &#8211; Resoluci\u00f3n 4196\/24 Principios y disposiciones generales. \u00cdNDICE \u00a0 Cap\u00edtulo 1- Disposiciones Generales Cap\u00edtulo 2- Trayectorias Estudiantiles Cap\u00edtulo 3- Matriculaci\u00f3n e Inscripci\u00f3n Cap\u00edtulo 4- El Primer A\u00f1o como espacio de filiaci\u00f3n acad\u00e9mica e institucional Cap\u00edtulo 5- Continuidad de las trayectorias Cap\u00edtulo 6- Modalidad de cursada de las carreras Cap\u00edtulo &#8230; <a title=\"R\u00e9gimen Acad\u00e9mico\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/regimen-academico\/\" aria-label=\"More on R\u00e9gimen Acad\u00e9mico\">[+]<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":61,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":[],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/772"}],"collection":[{"href":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/61"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=772"}],"version-history":[{"count":28,"href":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/772\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3822,"href":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/772\/revisions\/3822"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/isfd40-bue.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=772"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}